Debido a la situación actual de pandemia en la que nos encontramos, muchas familias se han visto abordadas por un nuevo punto de controversia entre los progenitores directamente ligado a la crisis del Covid19. Vamos a tratar el tema de la vacunación de los hijos menores de edad.
Numerosos abogados de familia en diferentes puntos de España informan de que han recibido muchas consultas de progenitores que se encuentran divorciados y entre los que existen numerosas discrepancias en cuanto a las opiniones que tienen de vacunar a sus hijos. Además, varios los miembros de la Asociación española de Abogados de Familia ya han tomado medidas y han acudido a los tribunales con demandas de jurisdicción voluntaria para poder resolver esta cuestión, debido a un no consenso entre los progenitores.
Aunque la mayoría de los casos son de padres divorciados, también los padres casados pueden acudir al juzgado para resolver esta controversia.
La vacunación es una cuestión que afecta a la patria potestad de los menores. En España, en concreto, debemos acudir al artículo 86 de la ley de jurisdicción voluntaria si queremos abordar las cuestiones que se nos planteen en relación a la vacunación de niños a partir de 12 años. Todo esto teniendo en cuenta qué ambos progenitores tienen atribuida la patria potestad, debido a que si uno de ellos realiza el ejercicio exclusivo de la misma no podemos aplicar este artículo. Dicho artículo fue aprobado en 2015 para abordar cuestiones como por ejemplo el cambio de colegio, las actividades extraescolares o tratamientos sanitarios que no posean la cobertura de la Seguridad Social y que supongan un impacto económico importante.
En todo caso, nos estamos refiriendo a niños hasta la edad de 16 años, punto que es importante destacar debido a que los adolescentes de 16 o más años poseen la capacidad legal para poder aceptar o rechazar la vacunación por sí mismos, mientras que los niños de 12 a